lunes, 28 de enero de 2013

28 de enero 2013


Esta tarde la clase ha girado en torno a dos elementos:

- Actividad Administrativa.
- Financiación.

Activa administrativa.

En relación con la primera cuestión, podemos destacar los siguientes aspectos. En primer lugar la importancia de racionalizar los procesos administrativos, lo que redundará en un ahorro de costes. Para ello es primordial seguir un proceso de normalización en cuanto a las tareas a realizar, evitando exceso de documentación o burocratización de de las tareas, inoperancia, y duplicidad excesiva tanto de documentos como de respuestas a las tareas por parte del personal que las ejecute.

Para ello, es fundamental contar con las herramientas fundamentales que permitan esa normalización. Esta se puede resumir en dos puntos:

1. Protocolos sencillos y fáciles de aplicar para cada tarea administrativa.
2. Uso de aplicaciones informáticas que permitan aplicar estos protocolos.

Es aconsaje que estas aplicaciones infórmaticas no sean flexibles desde el punto de vista de que permitan que cada trabajador la adapte y se salga del protocolo. Nombres habitules de estas aplicaciones son: 
En windows: Grupo SAGE: Contaplus, PagePlus, etc. (pago);
En linux: ContaSol (gratuito).
Multiplataforma: Avanq (pago), BulmaGés (pago), Conta4 (casi gratis la versión monousuario).

No podemos olvidar que en todos estos procesos, se debe prestar especial interés a la seguridad.

Financiación. 
En cuanto a la forma de financiar nuestro proyecto empresarial, entre las variadas fórmulas existentes, destacamos las siguientes.

1. Capitalizar la prestación por desempleo, según las normas correspondientes.
2. Cuentas ahorros-empresas.
3. Créditos participativos.
4. Capital-riesgo.
5. Sociedades de garantías reprocas.

De entre todas ellas, vamos a centrarnos en la citada en último lugar.
  
Sociedad de garantía recíproca.


Las Sociedades de Garantía Recíproca son entidades financieras cuyo objetivo principal consiste en facilitar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas (Pymes) y mejorar , en términos generales, sus condiciones de financiación, a través de la prestación de avales ante bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, Administraciones Públicas y clientes y proveedores.

Las sociedades de garantía recíproca, o SGR, nacen para resolver los problemas financieros de las pequeñas y medianas empresas, prestándole apoyo financiero mediante la concesión de avales que respalden su posición financiera frente a las entidades de crédito, los proveedores, clientes y Administraciones Públicas. La actividad de estas sociedades, beneficia a la PYME, pues al ser avalada puede acceder al crédito, y beneficia a su vez a la entidad de crédito, pues invierte sin riesgo al ser la SGR la que responde, como avalista, en caso de que la operación financiera sea fallida. Esta última se beneficia además, de otra serie de factores como pueden ser el valor añadido del estudio y seguimiento de la viabilidad de la operación por la garante.

Una de las consecuencias directas de la intervención de la SGR, al minimizar el riesgo asumido con la intervención de su aval, es que el el banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito presta la financiación a tipos bajos y plazo largo, mediante convenios o líneas de crédito con las SGR.

Por otro lado, a cambio de la garantía recibida, la PYME, por su parte, adquiere la obligación de adquirir una o más cuotas sociales de la SGR, incrementando por tanto los recursos propios de la misma y, en definitiva, su capacidad de asumir nuevas operaciones de aval. Dicho importe, si se desea, será íntegramente reembolsado a la cancelación del crédito obtenido. En caso contrario, la PYME permanecerá como socio partícipe, y tendrá así acceso a otras prestaciones y servicios de la SGR

Otra nota característica de estas sociedades es que sólo pueden garantizar operaciones de sus socios, lo cual implica que para conceder el aval a una pyme, esta deberá adquirir necesariamente la condición de socio. No se persigue ni la obtención de beneficios ni el reparto de dividendos

En las SGR existen dos tipos de socios: los socios partícipes y los socios protectores.Los socios partícipes son a los que se les presta la garantía de la sociedad, deben ser pequeños y medianos empresarios, habrán de pertenecer al sector o sectores de actividad económica mencionados en los estatutos sociales, y su establecimiento deberá estar situado en el ámbito geográfico delimitado en los propios estatutos

Las SGR junto a los socios partícipes, cuentan con la figura de los socios protectores cuyo papel ha sido de vital importancia para la creación y desarrollo de las SGR. Entre los principales socios protectores, encontramos a las Comunidades Autónomas, Cámaras de Comercio, Diputaciones Provinciales, Asociaciones de empresarios, Bancos, Cajas de Ahorro y empresas privadas. Los apoyos a la sociedad de garantía por parte de los socios protectores pueden ser, tanto en forma de capital, como al denominado Fondo de Provisiones Técnicas. Los socios protectores no tienen derecho a solicitar las garantías de la SGR. Con el fin de garantizar la independencia de la sociedad de garantía recíproca, los votos de los socios protectores en su conjunto no podrán representar más del 50 por 100 del total de votos.

Habitualmente las Sociedades de Garantía operan en un ámbito geográfico concreto, pero también las hay sectoriales.

En Andalucía operan Avalunion S.G.R. y Suraval S.G.R.

A modo informativo vamos a reproducir unas imagenes correspondientes a la empresa Avalución S.G.R.



domingo, 27 de enero de 2013

23 de Enero de 2013

                   

Introducción.

En el mercado emprasarial hay bastantes ideas de como se deben ofertar un producto. Considerando que ese producto será destinado a un mercado de clientes, y de acuerdo a las características de ese mercado y de los agentes que intervienen, puede ocurrir dos grandes situaciones:
  1. Que exista acuerdo de precios.
  2. Que no exista acuerdo de precios.
La opción 1 es ventajosa para el grupo de empresas implicadas, pero negativas de cara al consumidor, y hablamos de colusión. Es por esto que las Administraciones velan por evitarla, favoreciendo mediante leyes (antitrust) que se provoque que sea la ocpción 2 la que esté en uso. 
 
Colusión.

Desde el punto económico, cuando un grupo de empresas fijan políticas comunes mediante acuerdos o cooperaciones, con objeto de establecer precios, cuotas de producción, coordinar planes de inversión, etc. coyo fin es limitar la competencia y aumentar las ganancias demanera sobrevenida, nos estamos referiendo al término Colusión.

En España, al igual que en el resto del mundo, se dan casos de este tipo, como el acuerdo entre BP y Repsol para pactar precios, ver http://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2012/11/22/tribunal-confirma-multas-bp-repsol-pactar-precios/0003_201211G22P32991.htm
 
Cuando los acuerdos se formalizan sobre la base de documentos escritos, se está en presencia de un Cartel.
 
Leyes Antitruts.
 
 
Estas leyes introducidas por primera vez en Estados Unidos en 1890 (Ley Sherman)  tienen como objetivo regular el comercio, evitando que se produzcan restricciones comerciales, fijación de precios o abuso de monopolización. Parten de la premisa de que en un mercado libre beneficia a todos, consumidores, empresas y en general a toda la economía.
La expresión viene del Derecho de EEUU, donde se crea con objeto de combatir las concentraciones de empresas en un determinado sector (trust). Trasladado a otros países, esta expresión se transforma en términos jurídicos como "leyes de competencia", "...de libre competencia", "antimonopolios", etc.

Actualmente, casi todos los paise industrializados disponen de lagún tipo de Ley Antitrust..

En España, utilizamos el término jurídico "leyes de competencia" y el organismo encagado de ello es la Comisión Nacional de la Competancia (CNC). Por desgracia, también tenemos ejemplos, como el indicado en párrafo anterior o más reciente sobre la fijación de precios es el procedimiento abierto por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) contra varias empresas y asociaciones de la industria láctea por un presunto acuerdo para fijar las condiciones comerciales y los precios de la leche de vaca que pagan al ganadero.

La CNC, organismo encargado en España de realizar la persecución de las conductas anticompetitivas, investiga a estas grandes empresas y asociaciones por haber formado un cártel, esto es, de tener un acuerdo entre ellas para fijar el precio de la leche.

La formación de un cártel tiene como objetivo reducir o eliminar la competencia dentro de un mercado y conseguir un mayor control sobre la producción, para de esta forma obtener el máximo beneficio posible en perjuicio de los consumidores

Para poder formar un cártel es necesario que las empresas que lo formen controlen la mayor parte del mercado de su sector, lo que no significa necesariamente un control mayoritario sobre la oferta. Como en el caso de la OPEP (Organización de Países Exportadores de Petróleo) que con un control del 40% de la producción, domina el mercado del petróleo a nivel mundial.

Como consecuencia de la existencia de un cártel en el mercado disminuyen los beneficios que una economía competitiva ofrece al consumidor y se reducen o frenan la incorporación de nuevas tecnologías a los procesos productivos.

La mayoría de los países persigue un mercado libre en el que los precios quedan fijados entre vendedores y consumidores siguiendo las leyes de la oferta y la demanda, y sancionan con la ley la creación de cárteles.
 

21 de Enero 2013





Introducción.

En la clase de hoy, continuamos hablando de la Administración en la empresa, englobada ésta dentro del grupo de Funciones Operativas. Vulgarmente, cuando hablamos de Administración nos solemos referir como el "papeleo" de las empresas.

Vamos, pues a describir cómo se realiza este papeleo de cara a la Administración.

El Plan General Contable. 

Si cada empresa tuviera su propio "idioma económico" y criterios de contabilización, la información no sería clara para la administración ni para otras empresas. Es necesario una armonización y normalización contables, de forma que se establezcan y respeten unas normas generales de contabilización para todas las empresas de un país.

Actualmente está vigente el Plan General Contable de 2008, un "diccionario de términos" de obligado cumplimiento para los contables, que establece:

El objetivo de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa.
El método para llevar a cabo el objetivo (requisitos de la información, principios contables, definiciones y criterios de registro y valoración).
El Plan establece las normas para elaborar las cuentas anuales y sus modelos oficiales. Las cuentas anuales que debe elaborar el empresario al cierre del ejercicio son: 



Balance de situación. 
Cuenta de pérdidas y ganancias. 
Estados cambios del patrimonio neto. 
Memoria.





Balance de situación.


Refleja el patrimonio de una empresa en un momento determinado, permite evaluar la situación patrimonial y financiera. Es como una foto de los bienes, derechos y obligaciones. Siempre está en equilibrio, ya que todo lo que se adquiere para producir tiene que haber sido financiado de alguna forma bien por fondos propios o ajenos.

El balance muestra el equilibrio entre dos estructuras bien definidas; por un lado disponemos de lo que denominamos activo, que constituye la estructura económica, es decir, el lugar en el que se han invertido los fondos de la empresa. Por otro lado disponemos del pasivo y el neto que reflejan la estructura financiera, es decir, el origen de los fondos con los que se ha financiado el activo.

Más en detalle, podemos decir que los bienes y derechos constituyen el activo del patrimonio, mientras que las obligaciones constituyen el pasivo. Por otro lado, el patrimonio neto informa del valor contable de la riqueza de la empresa, o de otra forma, es el valor de liquidación del patrimonio empresarial que se obtendría se hicieran efectivos los bienes y derechos del activo y se liquidaran las deudas del pasivo.



Cuenta de pérdidas y ganancias.

La cuenta de resultados (pérdidas y ganancias) informa del resultado económico obtenido por la empresa, es decir, mide la capacidad de generación de fondos).


El resultado modifica el valor patrimonial de la  empresa, aumentando en caso de beneficio y disminuyendo si existe pérdida.
 
Es importante distinguirla del estado de flujos de efectivo (EFE), Que recoge los movimientos y saldos de tesorería: las entradas y salidas de efectivo.







Definiremos los siguientes conceptos:


Ingreso: operaciones que incrementan el valor patrimononial de la empresa (ventas, subvenciones).

Gasto: operaciones que decrementan el valor patrimonial de la empresa (salarios, teléfono).

Cobro: entrada de flujo de dinero en la empresa.

Pago: salida de flujo de dinero de la empresa. 


De acuerdo a estas definiciones, establecemos que cuando se produce una venta, se genera una factura que se refleja en la cuenta de resultados como un ingreso, con independencia de que se cobre al contado o quede pendiente de cobro. Cuando se produce una compra se computa en la cuenta de resultados como un gasto, independientemente del momento de pago.

El cuadro siguiente refleja el proceso descrito y como se refleja en las cuentas.



Además de lo anterior, en la cuenta de resultados se pueden observar otros puntos de interés que a modo de resumen lo mostramos en la imagen siguiente.


Una forma, no oficial, pero si habitual de realizar la analizar las cuentas siguiendo el modelo de la imagen adjunta.


No hay que olvidar que la amortización recoge la depreciación y se recoge en:



Reflejamos a continuación un ejemplo resumen referido a la cuenta de resultado.



Cuando nos referimos a PYMEs, podemos emplear la denominada cuenta de resultados abreviada, que responde a los contenidos mostrados a continuación.


Estados de cambios del patrimonio neto.

El Estado de Cambios del Patrimonio Neto es una cuenta que ofrece información sobre todas las operaciones que afectan a los Fondos Propios, ya deriven del resultado económico del ejercicio (beneficio o pérdida), de operaciones imputadas al Patrimonio Neto directamente, o de operaciones realizadas con los propietarios del capital (ampliaciones del capital, reparto de dividendos…).
 
En su modelo ordinario recoge tres componentes fundamentales:


  1. El saldo de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
  2. Las imputaciones al Patrimonio Neto recogidas a través de las cuentas de los grupos 8 y 9 del PGC.
  3. Las operaciones con los socios que supongan nuevos fondos (como en el caso de una aportación para compensar pérdidas, o ampliaciones de capital que impliquen aportación de recursos por los socios) o detracción de recursos (como en el caso de que se pague un dividendo).

Al resultado de sumar (1) y (2) se le denomina Estado de Ingresos y Gastos reconocidos, mientras que a la suma de este estado y (3) se le denomina Estado Total de Cambios en el Patrimonio Neto.


Podrán formar Estado de Cambios del Patrimonio Neto abreviado las empresas que apliquen el PGC (no el de PYMEs) y a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

  1. Que el total de las partidas del activo no supere los 2850000 euros. 
  2. Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5700000 euros.
  3. Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

Las sociedades perderán esta facultad si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere el párrafo anterior.

A continuación se muestra la tabla resúmen correspondiente al estado abreviado de cambios en el patrimonio.



Memoria.

Es un estado contable que complementa lo recogido en el balance de situación y en la cuenta de pérdidas y ganancias. 

La memoria es un documento donde se detallan los logros, resultados, hechos y objetivos; de profundo interés para los accionistas de una empresa.

Este texto que, junto al Balance de Situación, es obligatorio presentar al finalizar cada ejercicio económico. La información que suministra la memoria ha de ser relevante y comprende datos cuantitativos y cualitativos. 



¿Porqué es importante la memoria?

Como consecuencia de la importante relevancia que el principio de imagen fiel adquiere en el nuevo Plan General de Contabilidad, la información a incluir en la memoria ha aumentado significativamente. Entre otros aspectos, la memoria deberá contener, al menos, además de las indicaciones específicamente previstas por el Código de Comercio, por esta Ley, y por los desarrollos reglamentarios de éstas, la siguiente información:
- Los criterios de valoración aplicados a las diversas partidas de las cuentas anuales y los métodos de cálculo de las correcciones de valor.
- La denominación, domicilio y forma jurídica de las sociedades en las que la sociedad sea socio colectivo o en las que posea, directa o indirectamente, un porcentaje no inferior al 20 por ciento de su capital, o en las que sin llegar a dicho porcentaje ejerza una influencia significativa.
- Cuando existan varias clases de acciones, el número y el valor nominal de las pertenecientes a cada una de ellas.
- La existencia de bonos de disfrute, de obligaciones convertibles y de valores o derechos similares, con indicación de su número y de la extensión de los derechos que confieren.
- El importe de las deudas de la sociedad cuya duración residual sea superior a cinco años, así como el de todas las deudas que tengan garantía real, con indicación de su forma y naturaleza.
- El importe global de las garantías comprometidas con terceros.
- Deberán mencionarse con la debida claridad y separación los compromisos existentes en materia de pensiones, así como los referentes a empresas del grupo.
- La naturaleza y el propósito de negocio de los acuerdos de la empresa que no figuren en el balance así como su impacto financiero.
- Las transacciones significativas entre la empresa y terceros vinculados con ella.
- La distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondiente a las actividades ordinarias de la sociedad. Podrán omitir tales menciones las sociedades que pueden formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.
- El número medio de personas empleadas en el curso del ejercicio, expresado por categorías, así como los gastos de personal que se refieran al ejercicio.
- El importe de los sueldos, dietas y remuneraciones de cualquier clase devengados en el curso del ejercicio por el personal de alta dirección y los miembros del órgano de administración.
- El importe de los anticipos y créditos concedidos al personal de alta dirección y a los miembros de los órganos de administración.
- Las sociedades que hayan emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y que de acuerdo con la normativa en vigor, únicamente publiquen cuentas anuales individuales, vendrán obligadas a informar en la memoria de las principales variaciones que se originarían en el patrimonio neto y en la cuenta de pérdidas y ganancias si se hubieran aplicado las normas internacionales de información financiera adoptadas por los Reglamentos de la Unión Europea, indicando los criterios de valoración que hayan aplicado.
- El importe desglosado por conceptos de los honorarios por auditoría de cuentas y otros servicios prestados por los auditores de cuentas.
- El grupo al que, en su caso, pertenezca la sociedad y el Registro Mercantil donde estén depositadas las cuentas anuales consolidadas o, si procediera, las circunstancias que eximan de la obligación de consolidar.
- Cuando la sociedad sea la de mayor activo del conjunto de sociedades domiciliadas en España, deberá incluir una descripción de las citadas sociedades